Curso de Manipulador-Aplicador de Productos Fitosanitarios

La Ley de Sanidad Vegetal (Ley 43/2002, do 20 de noviembre) establece que los usuarios y personas que manipulen productos fitosanitarios deberán cumplir los requisitos de capacitación establecidos por la normativa vigente en función de las categorías o clases de peligrosidad de los productos fitosanitarios.
Por su parte, la Orden PRE/2922/2005 constituye la normativa estatal básica reguladora en materia de capacitación exigible para realizar tratamientos con plaguicidas. Así mismo, adecúa la normativa a los nuevos criterios de clasificación de los productos fitosanitarios (establecidos por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero).

La transposición de esta normativa básica estatal se hace en la Comunidad Autónoma de Galicia a través de la Orden conjunta del 14 de abril de 2009, de las Consellerías de Medio Rural y de Sanidade, por la que se regula la formación de las personas que realizan actividades relacionadas con la manipulación y aplicación de productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia y se crea la Comisión Técnica de Produtos Fitosanitarios.
En el artículo 3o establece que necesitarán tener el nivel básico de capacitación los siguientes usuarios y manipuladores de produtos fiosanitarios:

  • Agricultores que non dispongan de personal auxiliar en la misma explotación.
  • El personal auxiliar de las empresas y otras entidades dedicadas a la aplicación de produtos fitosanitarios.
  • El personal auxiliar de las empresas y explotaciones agrarias que apliquen produtos fitosanitarios.
  • El personal auxiliar de los establecimientos de venta al público de produtos fitosanitarios.

Información del curso

El objetivo principal de este curso es la obtención del carné de Manipulador de Productos Fitosanitarios (nivel básico).

Una vez realizado, el alumno dispondrá de los conocimientos necesarios para el empleo responsable y sostenible de los productos fitosanitarios.

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